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Política de Beneficios

Prestaciones laborales nicaragüenses

PROVINSA implementa como norma la aplicación de las regulaciones que le competen en el ámbito laboral y que incluyen; pago de salario mínimo, séptimo día y horas extras, aplicación de asuetos, días feriados (vía descanso, vacaciones o pago si es laborado), de igual manera registra, aplica y entrega al trabajador las prestaciones sociales que por Ley le pertenecen ya sea durante el ejercicio de su función laboral o al retirarse de la nómina de la empresa a saber; vacaciones, décimo tercer mes, antigüedad.

Salarios

PROVINSA pertenece a la actividad económica “Servicios comunales, sociales y personales”. Actualmente cumple con el salario mínimo aprobado por MITRAB para el periodo del primer semestre del 2020.

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Descansos, días feriados y asuetos:

El ASV goza de un día de Descanso a la Semana, como lo contempla el Arto. 64 de la Ley 185, éste se programa con el área de Operaciones y Recursos Humanos. Los ASV que cubren dicho descanso, llamado Rotadores (Incluidos en Oferta Técnica), tienen derechos iguales a los ASV Fijos, con el mismo goce de salario y éste también goza de un día de descanso a la semana.

Décimo tercer mes

El ASV tendrá derecho a un mes adicional de salario libre de deducciones del INSS, por año comprendido del primero de diciembre al 30 de noviembre del año siguiente, o la parte proporcional, según sea el caso, como lo establece el Arto 93 de la Ley 185. El décimo tercer mes es pagado de acuerdo a salario Básico, ya que las horas extras son pagadas en su momento y no son acumulables para otros efectos.

¡Aplica ya!

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